Lo que necesitas saber:
El TAS rechazó las apelaciones de León, Pachuca y el Alajuelense.
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en inglés) le dice que ‘No’ al León y Alajuelense. Ninguno de los dos equipos podrá jugar el Mundial de Clubes del 2025. La FIFA será el encargado de elegir al club sustituto.
Ambas apelaciones fueron rechazadas por el Tribunal y ahora sí, la multipropiedad que tan ‘normalizada’ está en el futbol mexicano, cobró su ‘primera víctima’.

TAS niega participación al Alajuelense en el Mundial de Clubes
El Alajuelense andaba listo para quedarse con el lugar del León en el Mundial de Clubes, peeero el TAS le dijo que ‘No’. El equipo metió una apelación y aseguró que por reglamento merecía ir al torneo, sin embargo, el panel conformado por Prof. Roberto Moreno (Paraguay), con los Sres. David Arias (España) y Juan Pablo Arriagada (Chile) como coárbitros, desecharon dicha apelación.
“La apelación también solicitaba que LDA fuera admitida a la competición en lugar de un equipo eliminado. Este caso fue visto por el TAS en persona en Madrid el 23 de abril de 2025 y también fue rechazado hoy (6 de mayo)”. Comunicado del TAS.
Eso sí, será más adelante cuando el Tribunal exponga las razones que tuvieron para desechar la petición del Alajuelense.

Adiós León y multipropiedad
El León no convenció al TAS con sus pruebas de no ser parte del mismo grupo de dueños que Pachuca, ni siquiera con el fideicomiso formado por los dueños del club. Así que, el Tribunal ratificó la decisión de la FIFA, León no va al Mundial de Clubes por temas de multipropiedad.
“El Panel del TAS emitió una Decisión Operativa que desestimó las tres apelaciones y dictaminó que Pachuca y el Club León incumplieron los criterios del Reglamento de Clubes de la Copa Mundial de la FIFA 2025 (Art. 10.1) relativos a la propiedad múltiple del club. El Panel examinó las pruebas, incluido el fideicomiso del Club León constituido por los propietarios del club, y concluyó que este era insuficiente para cumplir con el Reglamento. En consecuencia, el Club León permanece excluido de la competición y Pachuca sigue clasificado“. Se lee en el comunicado.
No cambia nada, la FIFA será la encargada de elegir al sustituto de León en el Mundial de Clubes y bueno ya sabemos las opciones: América o LAFC.
La respuesta del León al falló del TAS
León no quedó nada contento con la decisión del TAS. En un comunicado explicó que su deseo de jugar el Mundial de Clubes no era por dinero, era una cuestión de honor.
Ahora solo les queda ver el torneo desde casa. Eso sí, le mandaron un recadito al equipo que tomará su lugar:
“Sabemos que un equipo debe sustituirnos en el Mundial de Clubes, deseamos que los valores deportivos que en este caso no le llevarán ahí, sean honrados y respetados, no puedan ser vendidos por alguien, ni comprados por nadie”

¿Por qué el TAS dejó fuera al Léon?
En el reglamento del Mundial de Clubes explica en el Artículo 10, apartado 4 que, aquellos equipos relacionados al tema de la multipropiedad quedarán fuera del torneo:
“Si la Comisión Disciplinaria de la FIFA decide que dos o más clubes no cumplen con los criterios estipulados en el apdo. 1, la Secretaría General de la FIFA decidirá cuál es el club admitido en la competición y de qué manera se reemplazará al que no haya sido admitido de conformidad con las siguientes reglas y tomando en cuenta, en particular, la clasificación correspondiente del club en cuestión y el cupo correspondiente a la confederación o federación miembro a la que esté afiliado el club”.
Artículo 10. Propiedad de Varios Clubes
- 10.1 Para garantizar la integridad de la competición, los clubes participantes deben cumplir con los siguientes criterios cuando remitan el acuerdo de participación y deberán seguir cumpliendo con ellos hasta el final de la competición.
- a) Ningún club participante en la competición podrá, de manera directa o indirecta:
- I) Poseer valores o acciones de ningún otro club participante en la competición, o comerciar con ellos;
- II) ser un miembro de otro club participante en la competición;
- III) estar implicado de ningún modo en la gestión, administración y resultados de cualquier otro club participante en la competición;
- IV) tener cualquier tipo de poder en la gestión, administración y resultados de cualquier otro club participante en la competición.
- b) Ninguna persona podrá estar implicada, de manera directa o indirecta, de ningún modo en la gestión, administración y resultados de más de un club participante en la competición.
- c) Ninguna persona ni entidad legal podrá controlar o ejercer influencia sobre más de un club participante en la competición. Dicho control e influencia se define como sigue:
- I) poseer la mayoría de los derechos de voto de los accionistas;
- II) tener derecho de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración, gestión o supervisión del club;
- III) ser accionista y controlar una mayoría de los derechos de voto de los accionistas de conformidad con un acuerdo firmado con otros accionistas del club;
- IV) tener la capacidad de ejercer por cualquier medio una influencia decisiva en la toma de decisiones del club.
- a) Ningún club participante en la competición podrá, de manera directa o indirecta: