Recientemente el Congreso del estado de Guerrero aprobó reformar al Código Penal para que se excluya del delito de lesiones u homicidio los actos que se llevaron a cabo bajo legítima defensa.

¿Qué?

A partir de ahora si alguien trata de entrar a un inmueble, domicilio o lugar de trabajo y que eso ponga en riesgo a la víctima o a su familia, el acto que se lleve a cabo para una defensa por parte del afectado se podrá excluir de ser catalogado como un delito por lesiones o incluso homicidio.

En el caso de que el atacante o invasor sea menor de 18 años, se evitará lesionar al agresor y solo se ejercerá la defensa necesaria y proporcional ante los ataques recibidos cuando sean graves.

Antes de esto los jueces penales podían decidir si en un caso se trataba o no de legítima defensa, por lo que en ocasiones la víctima podía ser acusada de homicidio o lesiones por tratar de defenderse.

En defensa propia

Por medio de un comunicado, el Congreso estatal explicó que no se va a considerar un exceso en la defensa legítima propia cuando la persona que se defiende se encuentra en un estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta.

Además se incluyeron los casos en que los inmuebles están dentro de bienes comunales, ejidales y de pequeña propiedad en zonas rurales.

Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

Comentarios