Lo que necesitas saber:
Esta ley busca prohibir que las propinas sustituyan el salario de meseros y trabajadores de hoteles, restaurantes, bares entre otros.
Si trabajan en hoteles, restaurantes, bares, cafés y hasta fonditas esta información les interesa, pues en México está avanzando la llamada Ley de Propinas para meseros que busca prohibir que la propina se convierta en un sueldo más del trabajador.
La Ley de Propinas para meseros ya está en el Senado, después de su aprobación en la Cámara de Diputados y, como les contamos, busca prohibir que estas sean usadas como un sustituto del salario de empleados y empleadas de restaurantes y otro tipo de comercios, hoteles. Acá les contamos un poco de qué va.

6 puntos para entender la Ley de Propinas para meseros en México
1. ¿Qué dice la Ley de Propinas?
Se trata de un dictamen que reforma o hace cambios a los artículos 90, 346, 347 y 350 de la Ley Federal del Trabajo.
Aplica para hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos.

En general, esta iniciativa presentada por el polémico diputado de Morena Pedro Haces dice que el salario mínimo no será remplazado por propinas u otro tipo de gratificación voluntaria.
2. El salario del personal no podrá ser menos que el salario mínimo
Ok, tenemos que las propinas no podrán sustituir en ningún caso al salario mínimo.

De hecho, los salarios del personal no deberán ser menos que el salario mínimo o el mínimo profesional vigentes.
3. Jefes y jefas no podrán quedarse con las propinas
Los jefes, las jefas o los empleadores de un establecimiento no podrán quedarse con las propinas ni tampoco participar en su repartición o decidir los porcentajes.

Esta es una iniciativa que salió a raíz de denuncias del gremio, señalando a los jefes o empleadores de quedarse con las propinas para, a veces, pagar hasta platos rotos.
5. Quiénes las repartirán
Los mismos trabajadores serán quienes hagan el reparto o tengan un control de las propinas que se integrarán al total del pago del servicio.
6. ¿Qué pasará con las propinas?
Se sumarán como el pago total del servicio y serán distribuidas tomando en cuenta el tiempo y la actividad de cada trabajador.
Eso sí, que entren a esta especie de “guardadito” será opcional si las propinas se entregan de manera directa, de comensal a trabajador.
7. Inspectores del trabajo
Acá se crea una figura llamada “inspectores del trabajo” que no es otra cosa que los empleados encargados de llevar un control de las propinas,

Sus tareas irán desde verificar la distribución de las propinas —va de nuevo: tomando como base el tiempo y la actividad del trabajador— hasta resolver diferencias en cuanto a su repartición.
8. Comida en el trabajo
En el caso de que en un restaurante, hotel u otro establecimiento se les dé de comer a los trabajadores, la alimentación deberá ser sana, abundante y nutritiva
9. La propina sigue siendo voluntaria
Sí, el pago de la propina seguirá siendo voluntario y deberá ser visto como una gratificación al servicio y atención de los meseros y las meseras.

En resumen
De acuerdo con la Ley de Propinas, estas no podrán sustituir el salario de los meseros, las meseras o el personal de establecimientos como hoteles, restaurantes, bares, cafés, fonditas, gasolineras, deportivos o empresas de entretenimiento.
Los trabajadores deberán contar con un salario, este no deberá ser menor al mínimo.
Y las propinas pasarán a ser una especie de fondo vigilado por los mismos trabajadores mediante inspectores, que las distribuirán de manera equitativa —excepto cuando la propina sea pagada de manera directa.
Por nada del mundo los jefes ni las jefas ni empleadores decidirán el destino de las propinas ni participarán en su repartición.
Finalmente, como dice la Profeco (Procuraduría del Consumidor) dejar propina seguirá siendo una cosa voluntaria —nada obligatoria.
Si quieren echarle un ojo a esta iniciativa que se discutirá en el Senado —y que forma parte de los pendientes de las reformas laborales en México—, acá la pueden consultar, dándole clic al Anexo IV.