Lo que necesitas saber:
Aunque fueron las Elecciones del Poder Judicial 2025 este domingo 1 de junio, no se considera como día festivo.
Si andaban con el pendiente o sólo tenían la duda de pura casualidad, acá les contamos si el domingo 1 de junio de 2025, día en que se llevaron a cabo las Elecciones del Poder Judicial, se considera festivo o inhábil y si se paga doble, si es que trabajas en esa fecha, cuando se elegirá a los próximos jueces, magistrados y ministros de México.
¿El domingo 1 de junio de 2025 se considera festivo?
Como muchos sabrán, el domingo 1 de junio de 2025 se llevaron a cabo las Elecciones del Poder Judicial, en las cuales se eligió a los nuevos jueces, magistrados y ministros de nuestro país, pero ¿sabían que este día no se considera festivo o inhábil?
Sí, aunque en el Artículo N° 74 de la Ley Federal del Trabajo se indica cuáles son los días festivos o inhábiles y en los que hay descanso obligatorio, no se incluye la fecha en que se organizaron estas Elecciones del Poder Judicial.
¿Por qué? Porque fueron comicios extraordinarios, no ordinarios. Sí, en la ley se explica que es día festivo y de descanso obligatorio “El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”, pero no aplica para elecciones extraordinarias como las que se dieron este 1 de junio de 2025.
¿El 1 de junio se paga doble?
Pues de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los que trabajaron en Veracruz y Durango este domingo 1 de junio de 2025, sí debió contárseles como día de descanso, por lo que si laboraron, tendrán que recibir el pago que les corresponde por jornada laboral, más una paga doble.
Sí, porque en estas entidades, además de los comicios extraordinarios, se dieron elecciones locales ordinarias, y pues el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo dice que “tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
¡Ah! Y como lo indica el artículo 71, también tienen derecho a recibir la prima dominical, la cual representa el 25 % de su salario diario.
¿Qué hay con los que chambearon en otros estados de la república? Al respecto, la Secretaría del Trabajo dice que los que trabajaron este domingo 1 de junio de 2025 en entidades que no fueron Veracruz o Durango sí tienen algunos beneficios, pero solamente al pago ordinario más la prima dominical.
¿Ustedes trabajaron durante estas Elecciones del Poder Judicial 2025?